Miembro Colaborador FK
Para formar parte activa de la FK en la calidad de Miembro Colaborador, éste debe solicitar al Directorio de la Fundación contar con esta categoría, comprometiéndose colaborar en el desarrollo de los fines de Fundación dándole asistencia técnica, profesional o económica.
La condición de Miembro Colaborador no creará vínculo jurídico alguno entre éste y la Fundación.
Miembros colaboradores personas jurídicas – MCPJ:
Organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras que por sí soliciten al directorio de la FK hacerse miembro colaborador
Miembro colaborador personas naturales -MCPN:
Toda personas que por sí solicite al directorio de la FK hacerse miembro colaborador